Resumen | |
[J] | Despido. Prueba videográfica. Validez de la prueba de videovigilancia. Queja de un cliente y visionado de las cámaras del que se obtienen otros hechos de la misma clase en otros días previos.(publicado en Actualidad Diaria 4708 el 16 de septiembre de 2022) |
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La cuestión suscitada en el recurso de casación para la unificación de doctrina se centra en determinar la validez de la prueba videográfica que se ha presentado para la constatación de los hechos imputados en la carta de despido o, en otro caso, que se declare la improcedencia del despido y no la nulidad del mismo. La parte demandada ha formulado dicho recurso contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña, de 7 de febrero de 2020, en el recurso de suplicación núm. 4104/2019, que, desestimando el interpuesto por dicha parte y acogiendo el formulado por la parte actora, revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 12 de Barcelona, de 1 de marzo de 2019, en los autos 490/2018, partiendo de la ilegalidad de la prueba videográfica, y declara la nulidad del despido, con las consecuencias legales que dicha calificación conlleva. El Supremo estima el recurso de la empresa y repone la solución de instancia. . | |
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